Los docentes privados necesitamos que la Comisión Negociadora de la Educación Privada (CONEP) funcione a otro ritmo. Valoramos que exista, pero resulta vital que los avances se produzcan más rápido y no conlleven meses de idas y vueltas.
COnvEnIO COLECTIvO: hACIA LA sOLuCIón DEfInITIvA
Los docentes privados precisamos La firma de La tercer acta para mejorar La vida de Los educadores.
Por Mario alMirón
Secretario General – SADoP CDN
Los docentes privados necesitamos que la Comisión Negociadora de la Educación Privada (CONEP) funcione a otro ritmo. Valoramos que exista, pero resulta vital que los avances se produzcan más rápido y no conlleven meses de idas y vueltas.
En los últimos años hemos realizado significativos avances en cuanto a la firma de las Actas Acuerdo que regulan la actividad de todos los docentes privados de la Argentina. Pero somos muy críticos del ritmo que mantienen estas negociaciones; es nuestro deber exigir a las Cámaras Patronales una solución definitiva.
Hace más de dos décadas que el Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP) ha multiplicado sus esfuerzos con un único objetivo: legislar la actividad de los educadores particulares.
A través de la Comisión Negociadora de la Educación Privada (CONEP), hemos sentado nuestra postura ante las cámaras patrona- les, representadas por el Consejo Superior de Educación Católica (CONSUDEC), la Junta Coordinadora de Asociaciones de la Enseñanza Privada (COORDIEP) y la Confederación Argentina de Instituciones Educativas Privadas en normativa obligatoria y aplicable para todos los docentes y emplea- dores del país.
Primer Acta Acuerdo
Luego de numerosas negociaciones y años de lucha, SADOP logró firmar el 1º de julio de 2013 la Primer Acta Acuerdo con las Cámaras patronales y el Ministerio de Educación Nacional. Ésta se basa en tres pilares: la articulación de la Comisión Negociadora con el Consejo Gremial de Enseñanza Privada (CGEP), el financiamiento y la contratación laboral.
El Acta prevé un mecanismo de doble canal para la homologación de la Ley de Educación Nacional respecto de la educación como prioridad y une ello al instrumen- to del aporte estatal como modo concreto de garantizar la inclusión educativa. Subraya la importancia de la asistencia financiera del Es- tado, pero no condiciona los de- rechos de los docentes privados a esa asistencia. En ese sentido es clara la siguiente disposición del Convenio: “la no obtención del aporte estatal o la demora en su percepción no exime al propietario de su obligación de pagar los suel- dos conforme la ley”.
En cuanto a la contratación laboral, el Acta acuerdo define a(CAIEP). Así alcanzamos la firma de dos Actas Acuerdo y transita- mos el camino para concluir con la tercera.
Sin embargo, todo este pro- ceso se ha demorado más tiempo que el que los docentes privados podemos esperar.
Los docentes privados necesitamos que la Comisión N egociadora de la Educación P rivada ( C O N E P ) funcione a otro ritmo
En SADOP tenemos expectativas por la resolución de la Tercer Acta, y por ende, por el acerca- miento definitivo a un Estatuto para los docentes privados. Pero somos muy críticos sobre la demora en estas negociaciones.
Sabemos que hay voluntad por el lado de las asociaciones que nuclean a los empleadores para que este año podamos avanzar en materias que quedaron pendientes del 2014. Esos asuntos apuntan al protagonismo que tiene la representación sindical de los trabaja- dores de colegios privados, que a su vez tienen que ver con diversos aspectos del marco jurídico de la actividad, y de esta manera eliminar las zonas grises dentro del marco legal.
Para lograr este objetivo debemos contar con el apoyo del Ministerio de Educación y del Consejo Gremial de Enseñanza Privada y lograr que transformen los acuerdos
de los convenios. En primer lugar, el CGEP dictará una Resolución receptando el Convenio y lo publicará en el Boletín Oficial. Si por cualquier motivo, el Consejo Gremial no dictase la resolución y no publicase el acuerdo en el plazo de
20 días hábiles de presentado, tan- to SADOP como las entidades empleadoras estarán habilitadas para solicitar la homologación ante el Ministerio de Trabajo de la Nación.
Por otro lado, el Acta define a la educación como “un bien público y un derecho personal y social”. Esta definición es coherente con la caracterización que hace SADOP de la educación como “derecho humano” y “bien público” (es decir del pueblo), y se aleja de las visiones mercantilistas y de las que consideran a la educación “un ser- vicio” y a los alumnos “usuarios” o “consumidores”.
Además, rescata la definición los trabajadores comprendidos, la forma típica de contratación y las excepciones. Se trata de una respuesta parcial pero positiva en relación a cuestiones básicas. Se debe empezar por lo elemental para, a partir de ello, estructurar las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT) en la realidad.
También, se pautó que la forma de contratación típica será por tiempo indeterminado. Esta fórmula sintetiza el derecho a la estabilidad de la Ley de Educación Nacional. Los contratos a término además de reunir todos los requisitos legales para su validez estarán sujetos a un mecanismo de control: deberán
—sin excepciones— ser registrados ante el Consejo Gremial de Enseñanza Privada. Esta disposición le da a SADOP una herramienta extraordinaria para controlar los fraudes laborales y defender los derechos de los docentes privados.
Todo este proceso se ha demorado
más tiempo que el que los docentes
privados podemos
esp erar
Segunda Acta Acuerdo
En la Segunda Acta Acuerdo SADOP continuó logrando avances en los derechos de los docentes. Tanto el Sindicato como los representantes de las Cámaras Patronales revalorizaron “la cultura del encuentro” y la posibilidad de “acordar soluciones a conflictos resguardando de manera equitativa los derechos de todos”.
Este nuevo acuerdo, que se suscribió el 16 de diciembre de 2013, se centró en cuatro puntos: la retención y pago de los aportes sindicales, la Obra Social, las carteleras y espacios de comunicación en los establecimientos, y las asignaciones familiares.
La Comisión Negocia- dora de la Educación Privada (CONEP) estableció una serie de requisitos que deberán cumplir quienes contraten por necesidades extraordinarias a docentes bajo la modalidad de plazo determinado. Dentro de los requerimientos se dejó en claro que el día de inicio “deberá constituirse como fecha cierta acreditada mediante la inscripción del trabajador en el Sistema Registral de Empleadores de la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos)”, lo que constituye una medida importante para combatir el empleo no registrado en la educación privada.
Además, el Sindicato y las Cámaras Patronales acordaron la creación de un Registro Único Nacional de Contratos a Plazo Fijo para la Enseñanza de gestión privada y se dejó establecido que
aquellos contratos que no se registren serán considerados como por tiempo indeterminado.
También se pautó la estabilidad del aporte estatal para el pago de salarios en las escuelas privadas (Art. 65 de la Ley de Educación Nacional), con el objetivo de que si se produce una disminución o quita del aporte (como sucedió este año en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) se realicen acciones para restablecerlo.
La Comisión además acordó el mecanismo para dotar de obligatoriedad a las disposiciones normativas contenidas en el acuerdo, para que lo allí pactado sea de obliga- torio cumplimiento para todos los trabajadores y empleadores de la enseñanza privada en todo el país.
Seguir el rumbo de la Tercer Acta Acuerdo
A lo largo del 2014 hubo diferentes reuniones en el Ministerio de Educación entre SADOP y las Cámaras Patronales para intercambiar pro- puestas de nuevos capítulos del Convenio Colectivo de Trabajo, y poder así suscribir nuevas Actas Acuerdo.
El Sindicato tomó el ca- mino del diálogo e intenta privilegiar la relación con los representantes de los empleadores y la participación del Poder Ejecutivo Nacional como mecanismo para adoptar decisiones, para democratizar las relaciones laborales docentes, elevando los niveles de protección dados por las leyes y especificando cuestiones no previstas en ellas. En este
2015, la Tercer Acta Acuerdo es nuestro objetivo, nuestro faro.
El horizonTE dE lA nEgociAción no PuEdE TEnEr En lA AgEndA Solo lo SAlAriAl
La Paritaria Federal Docente es una instancia de negociación que, en su dimensión, es muy grande para encasillarla solamente en una discusión por el salario, aunque no es un tema menor.
En la instancia de 2015, a través del diálogo y el consenso, logramos un compromiso firme del Estado Nacional y el Consejo Federal de Educación para que se constituya la comisión negociadora que empiece a tratar las bases del Convenio Colectivo de Trabajo docente.
Éste, por su valor e impronta, deberá incluir el ingreso, la carrera, la estabilidad, la protección a la salud, el régimen jubilatorio y la formación profesional como piedras fundamentales para su construcción.